jueves, 30 de marzo de 2017

Exhorto al Ciudadano Alcalde Sobre Aumento de Pasaje en el Municipio Sucre

   

                                   
Cumaná, 28 de Marzo de 2016
Oficio N° ____________
Ciudadano:
Lcdo. David Nieves Velásquez Caraballo.
Alcalde del Municipio Sucre-Estado Sucre
Su Despacho.-

Reciba un fraternal saludo revolucionario,  patriótico, antiimperialista y profundamente  Chavista.
Ciudadano Alcalde, una vez más nos vemos en la imperiosa necesidad de comunicarnos con usted a través de la presente.
El tema que nos ocupa hoy es el aumento del pasaje del transporte público de pasajero que usted realizó según acuerdos suscrito por usted como máximo representante del Ejecutivo Municipal y el Sindicato de Transporte del Municipio Sucre del Estado Sucre.
Ahora bien, una vez más le recordamos que: la Ordenanza Reguladora del Transporte Público de Pasajeros, Tránsito y Circulación, del Municipio Sucre del Estado Sucre, vigente, publicada en Gaceta Municipal de fecha 12 de Julio del año 2005, establece clara y perfectamente lo siguiente:
Artículo 7.- Son facultades específicas del Concejo Municipal, en la materia objeto de la presente ordenanza la siguiente:
Numeral 3: Discutir, aprobar o proponer justificadamente modificaciones a los proyectos de regímenes tarifarios elaborados y propuestos por el Alcalde.
Artículo 8.- Son facultades específicas del Alcalde del Municipio Sucre del Estado Sucre,  en la materia regida  por la presente ordenanza, la siguiente:
Numeral 3: Proponer los regímenes tarifarios correspondientes a la prestación de los servicios de transporte públicos urbano de pasajeros a la Cámara Municipal, y velar por su estricto y cabal cumplimiento.
Artículo19.- Las concesiones que se otorguen, sin perjuicio de otras condiciones particulares que se establezcan en el respectivo contrato, deberán sujetarse a las normas generales siguiente.
Numeral 5: Las tarifas o precios a cobrar a los usuarios deberán establecerse en el contrato y se modificaran en el primer trimestre de cada año. Las modificaciones de las tarifas serán determinadas por el Alcalde mediante decretos, previa su discusión con los organismos competentes para ellos y la debida aprobación de la Cámara Municipal. En ningún caso podrán ser modificadas o alteradas las tarifas fijadas en los contratos, en perjuicio de los usuarios, sin previa autorización de la Cámara Municipal.
En consecuencia, este Concejo Municipal, ejerciendo las facultades conferida por la Ley Orgánica del Poder Público Municipal sobre la función de control sobre el gobierno y la administración pública municipal, bajo los términos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Esta honorable institución tiene la necesidad de reiterarle nuevamente ciudadano Alcalde, que el aumento autorizado por usted para este año 2017, es completamente ilegal, por cuanto es necesario cumplir con los parámetros legales establecidos en la Ordenanza Reguladora de Transporte de este Municipio, ya que reza que es facultad del Ejecutivo Municipal proponer ante este cuerpo edilicio, todo lo concerniente a la modificación y aumento del régimen tarifario del pasaje urbano y extraurbano, a su vez esta Cámara Municipal, mediante acuerdo, aprueba o modifica motivadamente la propuesta realizada, luego será autorizado para que usted realice el respectivo Decreto.
Los últimos tres (3) años ciudadano alcalde, ha ocurrido exactamente lo mismo con respecto al aumento del pasaje. Es necesario que aclaremos que la crisis nos afecta a todos los ciudadanos que hacemos vida en el Municipio. Por lo tanto no estamos en contra del aumento de transporte, pero tanto usted como nosotros estamos obligados a acatar las leyes.
 Por ello, lo EXHORTAMOS a realizar los actos administrativos apegados a las normas vigentes.
Sin más a que referirnos y quedando a sus órdenes en esta institución, se despiden.
Atte.

Abog. Elisa Alejandra Vallejo de Maestre
Presidenta del Concejo Municipal del Municipio Sucre
Tlf. 0416-9814478

Conc. Yelitza Nazareth                                                Conc. Jhonny Fonten

Conc. José Fuentes                                                    Conc. Antonio Cordero

                                                                                                                                     
Conc. Richard Villarroel                                              Conc. Nelson Millán                                   
                                                                           

Conc. Cruz Suarez                                                      Conc. Carlos Acevedo                                                  



Conc. Rafael Zerpa   

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